El Contador y el Contador Público Autorizado: Diferencias
El ejercicio de la contabilidad en la República Dominicana requiere de una clara distinción entre quienes registran operaciones y quienes poseen la facultad legal de avalar la información financiera. El contador es aquella persona que “lleva los registros contables de una empresa, revisa estados financieros, hace registros y entrega información a sus jefes”. Por el contrario, el Contador Público Autorizado (CPA) posee un rol sustancialmente distinto y de mayor alcance legal, ya que “cuando usted se gradúa en una universidad en la República Dominicana usted sale con una licenciatura en contabilidad, pero para ser contador público autorizado tiene que tener un exequatur ejecutivo”.
Esta acreditación otorga al profesional la condición de poseer fe pública, lo que le capacita jurídicamente para firmar estados financieros, constituir firmas de auditoría, fungir como perito contador judicial ante los procesos de los tribunales y participar en cualquier tipo de litigio que requiera de su rúbrica solidaria. No obstante, en el mercado local se percibe una falta de rigurosidad en el cumplimiento de las normativas vigentes, evidenciándose usurpación de funciones. “En este país hay mucha gente que actúa como contador público autorizado sin serlo, y firman estados financieros sin serlo, y firman declaraciones juradas de impuestos como CPA sin serlo, y eso debería tener una sanción penal en la República Dominicana”, se advirtió durante la exposición.
La legislación que rige la materia, fundamentada en la Ley 633 del año 1944 que dio origen al Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, determina de manera taxativa que todo profesional con exequatur debe estar adscrito obligatoriamente a dicho gremio. La profesión contable es considerada como la más regulada a nivel mundial gracias a directrices dictadas por organismos internacionales como la Federación Internacional de Contadores (IFAC). A pesar de este andamiaje, se señaló con preocupación la obsolescencia técnica de algunos miembros que emiten dictámenes sin actualizarse en las normas internacionales vigentes, afirmando que “aquí un CPA es cualquier cosa y no debe ser”.

