Andrés Terrero advierte contradicciones contables en la nueva Ley 16-26 sobre obras no pagadas
El analista Andrés Terrero advirtió sobre la existencia de discrepancias técnicas significativas en la recién promulgada Ley 16-26, la cual busca regular el pago de obras y servicios ejecutados en administraciones pasadas sin el debido respaldo contractual. De acuerdo con lo expuesto por el especialista, el mandato legal entra en conflicto directo con las directrices contables internacionales al establecer el momento en que deben asentarse dichas operaciones financieras. “El artículo 12 habla de los registros contables y dice que los registros contables deberán hacerse en el año, o sea, en el ejercicio de cuando la comisión certifica que el gasto se puede pagar”, explicó, señalando que la mayoría de los casos involucran a ministerios como el de Educación, Obras Públicas y la extinta OISOE.
Al profundizar en su análisis técnico, indicó que esta disposición legal colisiona con el marco regulatorio estándar para las finanzas estatales. “Ahí es una contradicción con las normas internacionales de información financiera para el sector público. Yo creo que debe revisarse eso para no cometer errores, porque las normas dicen que si usted tiene un gasto de un pasivo no registrado de años anteriores, usted debe registrar ese año ese gasto o esa inversión en el ejercicio donde eso ocurrió, o sea, afectar beneficios anteriores”, puntualizó. Según su criterio, la actual redacción de la normativa obligará a que el reglamento de aplicación sea minuciosamente revisado por la Contraloría General de la República y la Dirección General de Contabilidad Pública para evitar observaciones de consideración por parte de los auditores externos.
Respecto al mecanismo de financiamiento para honrar estos compromisos, aclaró a los beneficiarios que las erogaciones económicas no se realizarán de manera inmediata debido a la falta de previsión de fondos en el presupuesto actual. Al conversar sobre este aspecto con Michael Hazim, detalló las vías contempladas por el Estado para saldar las deudas validadas. “Dice la ley que cuando se determine que el proyecto sí tiene validez para ser pagado, será cuando se asignen los fondos presupuestarios a cada entidad, o por emisión de bonos de Hacienda. En el año 2026 nada de eso está presupuestado”, manifestó, reiterando que la comisión especial liderada por el Ministerio de Hacienda tendrá primero la responsabilidad de certificar la legitimidad y calidad de cada reclamación.

