La carta de Miriam Germán Brito

Reproducción íntegra de la carta de Miriam Germán:

21 de diciembre de 2022.

A los (as) Procuradores(as) Adjuntos (as) de la Procuradora General
Distinguidos(as) Adjuntos(as):
Durante los últimos días, se han producido una serie de situaciones que coloca a nuestra Procuraduría General de la República, y a la totalidad del Ministerio Público, en un estado de vulnerabilidad y, por qué no, con un paño de vergüenza ajena.
Parte de lo que hace la administración de justicia lo que es, se debe a que los juristas actuando como abogados, jueces y ministerios públicos deben seguir cada uno su rol. En el caso del Ministerio Público existe una entrega mayor a la legalidad y a la imparcialidad para mantener la integridad del sistema de justicia como auxiliares de los jueces con quienes se comparten. Aunque el ministerio público es una parte del proceso, se debe a otras virtudes y compromisos éticos distintos a los del abogado de la defensa que se debe enteramente a su cliente de conformidad con el derecho. El Ministerio Público no solo se debe a la sociedad, incluso se debe al imputado, pero, por igual a mantener la confianza en el sistema de justicia en su totalidad.
La crítica a los miembros del poder judicial en el contexto de sus atribuciones es sana, sobre todo debido al nivel de legitimidad que los distingue de aquellos elegidos mediante voto popular. Por ello la crítica a sus decisiones es la mejor manera de asegurar la transparencia e integridad de la labor judicial. Pero, la crítica, a veces fuerte, a las decisiones del proceder judicial no puede entenderse en una crítica al juez como persona, es decir, a su reputación. Ciertamente, hay decisiones que deben ser cuestionadas, no hay mejor espacio para hacerlo que a través de las vías de recursos, con respeto y deferencia, pero bien fundamentado y con una exposición clara de los agravios.
Lo anterior, sin embargo, no es posible con una respuesta apresurada apenas salido el dispositivo de la sentencia o la decisión integra, pero, sin haber sido debidamente leída. Los jueces y juezas, como administradores de justicia, son criticados de otra manera y atendiendo a la santidad de su función, no podemos comportarnos como si el Ministerio Público tuviese un interés actual y directo en el desenlace del caso. Nuestro trabajo es, ante todo, defender los intereses de la sociedad, incluso del imputado cuando sabemos que no hay pruebas o surgen pruebas en beneficio de este.
Incluso como abogadas y abogados, en nuestra posición como miembros del Ministerio Público, sobre todo aquellos que llevan casos complejos, es necesario un ejercicio de prudencia y ponderación. Las respuestas deben ser limitadas, directas y precisas, pero, no alimentar la posible desconfianza de la sociedad en las instituciones, sobre todo contribuir con los juicios paralelos: nuestro trabajo es en los tribunales e informar a la opinión pública, pero no, continuar el litigio por los medios, así como en otras esferas distintas a los tribunales.
A modo de ejemplo, un magistrado investigado entabló una disputa culpando al Ministerio Público de las actuaciones en su contra. En vez de realizar una intervención que afecta la percepción de las investigaciones y su integridad, hubiese bastado que se le hiciera notar que la actuación fue iniciativa de la inspectoría del Poder Judicial que observó tener evidencias sobre posibles conductas dolosas de aquel magistrado. Bastaba, por igual, indicar que de parte del Ministerio Público solo se procedió iniciar la investigación pertinente como parte de nuestros deberes bajo la Ley Orgánica del Ministerio Público y otras normas aplicables
Al examinar las decisiones y evaluar los agravios, como Ministerio Público debemos hacerlo con una veta de autocrítica tendente a confirmar si en alguna medida contribuimos a dar argumentos a la decisión que cuestionamos. No se pretenda partir del supuesto que todas las sentencias son conforme al derecho, en particular con el debido proceso y la tutela judicial efectiva, ajenas a cualquier crítica.
Hay sentencias que pudieran ser valoradas como no apegadas a derecho, y que no resistirían un examen desde el punto de vista de la coherencia y la lógica, pero los medios de comunicación no son el espacio pertinente para dirimir esos asuntos. No se cuestiona el derecho de nadie a expresarse sobre distintos temas, en especial en casos de interés público, pero, no al precio de comprometer la integridad y la objetividad del Ministerio Público, así como de las investigaciones en curso. Los miembros del Ministerio Público somos, ante todo, auxiliares de la justicia y debemos colaborar en mantener la confianza en las instituciones y contribuir a su mejora, con independencia que se discrepa de la decisión.
A pesar de que están en juego valores que no corresponden a la lógica de la sociedad del espectáculo, hay otros que trascienden un caso determinado y puedan frustrar el justo deseo de justicia en la población. Un amigo que me suele decir «hoy usted está en modo juez”, todos los oficios marcan y pueden que me hayan marcado los años de jueza. No olvido un caso durante dicho periodo, en el cual tuve una disidencia porque creí que debía retenérsele la falta; el Procurador de entonces, aparentemente recibió una directriz política de no recurrir y que, pues, solo se le ocurrió nada más que salir con que «no recurrir porque los jueces no le merecían confianza». Este no debe ser el ejemplo de las relaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público, no es la relación que se espera en un Estado social y democrático de derecho.
Esta agresividad mutua que ahora existe nos lleva a preguntarnos a quién beneficia, porque el perjudicado es evidente, al sistema de administración de justicia y sociedad. La población y la toma de los medios de comunicación para continuar el proceso por otras vías, pero, contra los jueces, no son más que municiones para aquellos que no quieren una administración y auxilio de la justicia fuerte e independiente.
Así las cosas, apelando al deber de decoro y respeto que todos los miembros del Ministerio Público deben no solo a todas las partes del proceso y la sociedad, también a los jueces y juezas que participan en la administración de justicia. Esta es una obligación que viene de las mejores virtudes de los miembros del Ministerio Público, por igual de la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Reglamento Disciplinario y de la Constitución, a propósito del derecho al debido proceso, en su vertiente de la independencia, presunción de inocencia y tutela judicial efectiva.
Por tales motivos, se insta a los miembros del Ministerio Público, en todos los niveles, a reafirmar su compromiso con los deberes jurídicos y éticos de la profesión, obviar la crítica ácida contra la reputación de las personas que ejercen la judicatura. Permanezcamos al servicio de la sociedad y la administración de justicia, no utilicemos vías distintas a los procesos judiciales para hacer valer nuestros reclamos, porque si con sus actuaciones provocan la pérdida de la confianza en nuestros honorables jueces y juezas, les fallamos a las víctimas, a los imputados y a la sociedad.
Atentamente,
Miriam Germán Brito