Peleas de gallos siguen siendo legales bajo el marco del nuevo Código Penal

Las competencias gallísticas y su crianza mantienen su curso legal en el territorio nacional tras confirmarse su exclusión de las prohibiciones relativas al maltrato animal contempladas en la actualización normativa. Yunior Espinosa precisó que “los gallos no están incluidos ni la pelea de gallos ni la crianza de gallos están incluidos como un delito penal de maltrato, crianza o pelea de animales”. De igual modo, aclaró que la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable “de forma clara y específica señala que la pelea de gallos, incluida está, regulada y está autorizada, y esa ley no se deroga”, garantizando la continuidad de estas prácticas bajo la legislación vigente.

Puntualizó que el precepto legal que prohíbe el enfrentamiento entre especies cuenta con una excepción expresa para el ámbito gallístico. El especialista detalló que el artículo 60 de la normativa sobre tenencia animal “prohíbe taxativamente azuzar o fomentar las peleas de animales en público o privado, excepto las lides de gallos, es decir que esa ley que prohíbe de manera general la pelea de animales establece justamente una exención”. Agregó además que la legislación “no derogó esta ley especial ni muchas otras”, manteniendo intacto el amparo jurídico para los centros y coliseos autorizados.

El análisis presentado concluyó que la unificación del catálogo de delitos busca optimizar los procesos judiciales sin suprimir los regímenes normativos especiales previamente establecidos. Michael Hazim exhortó a la tranquilidad del sector gallero al reiterar que la actividad “no está incluida en ese tipo penal de maltrato de cría de pelea de animales que está en el nuevo Código Penal ya que se excluye por una ley especial que existe para regular, controlar y supervisar esa actividad”. En sintonía con esto, Espinoza ratificó que los establecimientos “seguirán desarrollando sus actividades gallísticas sin ningún tipo de inconveniente”, al conservar sus licencias operativas dentro del marco legal dominicano.