Servio Tulio Castaño aclara diferencias entre los códigos penal y procesal penal y advierte sobre riesgo de caos jurídico si no se aprueba la reforma antes de diciembre
El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), doctor Servio Tulio Castaño Guzmán, explicó en el programa Síntesis las diferencias esenciales entre el Código Penal y el Código Procesal Penal, al tiempo que advirtió sobre los riesgos institucionales que enfrenta el país si el Congreso Nacional no aprueba antes de diciembre las reformas pendientes al código procesal.
Castaño precisó que “el Código Penal tipifica los delitos, establece las sanciones y define las infracciones; mientras que el Código Procesal Penal determina el procedimiento y las garantías del imputado durante el proceso judicial”. En ese sentido, sostuvo que el primero constituye la parte dogmática del sistema penal, mientras que el segundo representa su aplicación práctica y procesal.
El jurista recordó que el nuevo Código Penal fue aprobado con una vacación de ley de un año y que debe entrar en vigencia en agosto del próximo año, aunque ya ha sido impugnado por un grupo de juristas que cuestionan más de 50 artículos por presunta inconstitucionalidad. “Nosotros advertimos a tiempo que varios de esos artículos chocan con la Constitución”, aseguró.
En cuanto al Código Procesal Penal, Castaño alertó que el Tribunal Constitucional otorgó un plazo hasta el 9 de diciembre para que el Congreso corrija la inconstitucionalidad de la reforma de 2015. De no hacerlo, “se generaría un caos jurídico, porque habría que volver a aplicar la versión del 2002, que ya estaba desfasada”, explicó.
FINJUS propone que se cree una comisión bicameral para revisar los artículos cuestionados del Código Penal y corregirlos sin retrasar su entrada en vigor. Según Castaño, tanto el Poder Ejecutivo como la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General coinciden en la necesidad de introducir ajustes técnicos al texto aprobado.
Respecto a las penas de hasta 60 años que contempla el nuevo código, el jurista consideró que esas disposiciones carecen de sentido y rompen con el principio constitucional de reinserción social. “Nadie puede reinsertarse en la sociedad después de cumplir 60 años de prisión; eso no reduce la criminalidad, son medidas populistas”, afirmó.
Finalmente, Castaño abogó porque las reformas jurídicas se realicen con la participación de las academias, las universidades y las organizaciones especializadas en justicia, y no solo con los actores del sistema. “Un código de esta trascendencia no puede reformarse únicamente con la opinión del Ministerio Público o la Defensa Pública; se necesita una visión más amplia y académica”, subrayó.
El vicepresidente de FINJUS reiteró que la aprobación ordenada y coherente de ambos códigos es indispensable para garantizar seguridad jurídica y fortalecer el Estado de derecho en la República Dominicana.

