César Amadeo Peralta advierte sobre penas de hasta 10 años de prisión por el reenvío de videos sin autorización bajo el nuevo Código Penal

El nuevo marco jurídico penal dominicano introduce regulaciones estrictas y sanciones severas destinadas a proteger el honor y la intimidad de las personas en las plataformas digitales. El jurista César Amadeo Peralta advirtió que la legislación penal contempla penalidades drásticas por la simple difusión de contenidos audiovisuales a través de aplicaciones de mensajería sin el consentimiento expreso del emisor original. Al explicar el alcance de las nuevas disposiciones normativas contenidas en la pieza legislativa, el experto enfatizó la necesidad de que la población conozca las implicaciones legales de estas acciones virtuales. “Este código penal viene, trae un exceso de protección al honor”, afirmó Peralta.

De acuerdo con el desglose técnico ofrecido por el especialista, las penalizaciones varían según la naturaleza del contenido compartido, estableciendo escalas que van desde los seis meses hasta una década de reclusión. Peralta detalló que la legislación sanciona el reenvío de audios o imágenes simples sin permiso, pero incrementa sustancialmente el castigo cuando se trata de material que afecte la esfera privada o la reputación de los ciudadanos. “El artículo 192 establece con prisión de seis meses a un año por el solo hecho de yo reenviar un video o un audio que tú me hayas mandado”, precisó, añadiendo además que “la pena te puede aumentar de dos a cinco años de prisión si, por ejemplo, la imagen que tú envías mía es una imagen distorsionada”.

La gravedad de la sanción alcanza su punto máximo cuando los archivos difundidos poseen connotaciones personales íntimas o de carácter reproductivo y sentimental. El abogado puntualizó que el reenvío de grabaciones tomadas en entornos familiares o de esparcimiento privado, sin la debida autorización de los involucrados, será severamente castigado por los tribunales para frenar la proliferación de conductas lesivas en las redes sociales. “Otra gravedad tiene que ver con una pena de 5 a 10 años de prisión por el reenvío de un video, escuchen esta clasificación, de un video íntimo o que sea sexual o que le cause algún perjuicio a la persona”, concluyó.